jueves, 30 de diciembre de 2010

EMAPICA TRANSGREDE REGLAMENTO DE RECLAMOS DE USUARIOS

La Entidad Prestadora de Servicios EMAPICA S. A., en la Provincia de Ica, viene transgrediendo las normas establecidas por la SUNASS en el Reglamento General de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento, veamos algunos casos:


1.- Con fecha 23 de abril 2010, se presentó reclamo de FACTURACION INDEBIDA de la usuaria Rosario Rojas Surco, EMAPICA S.A. no cumplió con resolver la reconsideración en el plazo reglamentario, por lo que se solicitó la aplicación del Silencio Administrativo Positivo, EMAPICA no cumple con la Ley, inclusive el expediente se ha extraviado.

2.- Con fecha 29 de setiembre del 2010, se presentó reclamo de FACTURACION INDEBIDA del usuario Ezequiel León Capcha, EMAPICA S.A. resolvió infundado el reclamo, fundamentado en que el usuario es una persona agresiva y prepotente y siempre amenaza con maltratar al personal de EMAPICA, con fecha 22 de noviembre del Pte. se solicitó los informes técnicos sustentatorios de dicha aseveración tendenciosa, a la fecha no recibimos informe alguno que pruebe lo fundamentado en dicha resolución; así mismo se procedió al recurso de apelación a la SUNASS.

3.- Con fecha 20 de octubre del 2010, se presentó reclamo de FACTURACION INDEBIDA de la usuaria Herminia Fuentes Huamaní, EMAPICA S.A. resolvió infundado el reclamo, fundamentado en una verificación técnica en un domicilio distinto a la de la usuaria, se procedió apelar a la SUNASS.

La DEFENSORIA DEL VECINO viene presentando reclamos en representación de los usuarios por FACTURACION INDEBIDA, fundamentado en que EMAPICA S.A. viene sistemáticamente incumpliendo el Reglamento de Prestación de Servicios y la normatividad de la SUNASS, al no haber efectuado el corte del servicio después de dos meses de no pago, norma que establece que ¨en caso la EPS no cierre el servicio, no podrá cobrar por el consumo que se realice en adelante¨; es decir no puede haber usuario con deudas de más de 02 meses.

Ica, diciembre 2010.

No hay comentarios: